miércoles, 11 de abril de 2018


NUESTRO COLEGIO
“Isabel Rosillo- Santo Ángel”
AQC. 1.159
ASÍ OCURRIÓ, 137

En la noche del primer viernes de febrero de 2006, al volver a casa, tras la velada mensual  de la Adoración Nocturna  Española  de  a  Eucaristía,
en la Parroquia de San Pedro, a las tres  de la madrugada, encontré a mi esposa aún despierta, que  me esperaba, llorando:

“Han llamado sobre el asunto de la entrega del colegio; debes llamar en seguida, para buscar una solución inmediata, esta misma noche”.

“Buenas noches” – dije – y, al punto, oí:

“¡Nunca esperaba que fueras capaz de llegar a tanto!”.

“Te equivocas conmigo.-respondí -; no he movido ni un dedo contra nadie; y menos contra vosotros, a los que estimo y respeto; ignoro el extremo al que haya llegado mi abogado, en mi defensa, y  conforme al   antiguo compromiso respecto al precio y procedimiento, firmado por tu padre y yo; espero que todo se aclare enseguida, mi actitud es la de siempre, que ya conoces, a la hora de encontrar la mejor solución posible, al precio justo, marcado por la Comunidad Autónoma de Madrid, que ya todos conocemos .”

Como amigos de tantos años, nuestras relaciones habían pasado por todas la etapas, siempre regidas por la sinceridad y la b´sqyeda de la más estricta justicia y ausencia de mezquinos intereses personales.

Entre ambos, Luis y yo, aclaramos otros aspectos, ajenos a nuestras personas, en que otros intereses familiares habían procedido, ignorando la realidad de tales acuerdos previos, al enviar aquella comunicación notarial, sin contar con la autorización y conocimiento paterno de pade y de abuelo, incurriendo actuaciones incorrectas e impunibles.

Nos comprometimos a encontrarnos, hoy mismo, a las diez de la mañana, para solucionar el problema surgido, de forma definitiva, justa  y positiva, dejando sin sin efecto los téminos y amenazas del citado documento notarial, repetidamente citado.

Cinco horas más tarde, un representante de la entidad bancaria, dos representantes de la propiedad del inmueble, el gestor y yo, como comprador, procedimos a la formalización de la Escritura Pública, a firmar ante el Notario, cuatro días más tarde.
Id.E.23.
La experiencia referida, es la de vivir sin apego alguno al dinero, hasta el extremo de no llevar ni un céntimo en el bolsillo y la renuncia a no percibir un sueldo fijo.

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