miércoles, 20 de diciembre de 2017






Mi..20-XII-17                                         
NUESTRO COLEGIO
“Isabel Rosillo- Santo Ángel”
AQC. 1.072
ASÍ OCURRIÓ, 82

3.- Esta es la Copia literal, completa, de la Orden Ministerial correspondiente a la concesión legal del CONCIERTO SINGULAR, que dio paso al INDEFINIDO en 1982, a nuestro humilde colegio:

                 “MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA

                 1687 Orden de 2 de junio de 1987 por la que se aprueba que el Centro docente privado “Isabel Dosillo-Santo Ángel” de Alcobendas (Madrid), pueda acogerse al régimen de conciertos establecido por la Ley Orgánica8/1985 de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

Por Resolución del Ilustrísimo Sr. Subsecretario, de fecha 24 de febrero de 1987, se ha estimado el recurso interpuesto por el Sr. Don Pedro Jacinto Tortosa Teruel en calidad de Titular del Colegio privado de EGB “Isabel Rosillo-Santo Ángel”  de Alcobendas (Madrid).

Teniendo en cuenta que por Orden de 3 de julio de 1986 (“Boletín Oficial del Estado” del 11) se le denegó a este Centro el concierto educativo en base a la fundamentación técnica establecida en la disposición adicional 1.ª del Real Decreto2377/ 1985, que desarrolla el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos;

Vistos la disposición transitoria 3ª.,1 de la Ley 8/ 1985 de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (LODE);la disposición adicional 1ª. Y las disposiciones transitorias 1ª. Y 2ª. del Real Decreto2371988, cuando más falta nos hacía, después de dos largos años de lucha y escasez.
/1985, de 18 de diciembre, y ls Orden del Subsecretario de fecha 24 de febrero de 1987, este Ministerio ha dispuesto:

Conceder un concierto singular de 8 unidades de EGB al Centro privado cuyos datos se expresa:

Titular: pedro Jacinto Tortosa Teruel.
Denominación: “Isabel Rosillo-Santo Ángel”
Localidad: Alcobendas (Madrid).
Unidades a concertar: 8 de EGB.
Régimen de Concierto: Concierto Singular.

Ll que comunico a V. I. A los efectos oportunos.
Madrid, 2 de junio de 1987.

               Firmado:  MARAVALL HERRERO          
                                 MINISTRO DE EDUCACION Y CIENCIA”

Esta Orden Ministerial era la garantía que nos permitió abrir aquel CURSO DE 1987-88; el pago efectivo de esos quince meses, nos llegó para la Navidad de 1988, cuando más falta nos hacía, tras dos largos años de lucha y escasez de subsistencia.
Admirados y queridos hermanos catalanes:

¡¡¡Todos a votar, en conciencia, la opción que cada cual, creáis ser la más limpia y adecuada, para el  futuro de Cataluña, España y Europa, al  conceder  vuestro voto, con plena libertad, y sin coacción alguna!!!
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