viernes, 29 de abril de 2016

Diálogos en el Vaticano, 28. AQC.910


Creo que se ha cumplido la voluntad del Padre.

El día 28 de setiembre de 1.976, tras varios meses de espera, entregué a mi Obispo de Guadix un nuevo documento confirmando nuestra mutua decisión, tanto de Isabel S. P. y mía, de elegir la Arquidiócesis de Madrid, para contraer Matrimonio Canónico, dada la facilidad ofrecida por él mismo, evitando así viajar a Guadix. con todo lo que ello suponía de gastos y movimientos familiares, y dadas las evidentes circunstancias de que la mayoría de la familia residía en Madrid.

Una boda íntima familiar, a la que sólo asistieron los dos  Sacerdotes celebrantes, y el Delegado Episcopal de la Arquidiócesis de Madrid, según  recomendación de la Iglesia.

Isabel y yo hicimos las lecturas y las preces de los fieles, recibimos la Eucaristía bajo las dos especies y celebramos el acontecimiento con un sencillo, pero rico, banquete nupcial en Salones Príncipe, del famoso Restaurante “LA MINA”, en el barrio de Alpajés, del Real Sitio de Aranjuéz.

El Sacramento de muestro Matrimonio Canónico tubo lugar, tras las Lecturas bíblicas, Isabel hizo la primera y yo la segunda, en la celebración de la Eucaristía, a las 12 horas del día sábado, 30 de octubre de 1976.
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Nunca estuve en contra de la Ley del Celibato, pero mi vocación sacerdotal estuvo ligada desde el principio de la realidad apostólica,  en que Sacerdocio y Matrimonio coincidieron en la voluntad y práctica del mismo Jesucristo; por eso sigo luchando en pro de una actualización de dicha Ley, respecto a los Sacerdotes Seculares Diocesanos, respetando el carisma vocacional de cada uno.


ASÍ LO QUISO JESUCRISTO, SEGÚN SU PALABRA Y SU OBRA.
Es uno de los principios renovadores, emanados del Concilio Vaticano II, que no se están aplicando.
Cuando solicité la Dispensa para contraer Matrimonio Canónico, tuve que viajar a Roma, donde permanecí un mes, y convencer a la Santa Sede ante una Comisión Pontificia, creada a tal efecto, de la ortodoxia de mi pensamiento teológico de que tal Ley no es un Dogma, sino una simple norma eclesiástica, que puede y debe ser actualizada, según el Evangelio, nuestro máximo código de vida cristiana; algo de común conocimiento de todos.
¿Por qué?
Con inmensa alegría seguí los comportamientos de los seis últimos Papas, y sus testimonios a favor del proceso de esta nueva evangelización en el presente y futuro de la Iglesia.
Si así lo deseas, podemos avanzar en un diálogo sincero, impregnado de amor a Dios y a la Iglesia, nuestra Madre y Maestra.
La Santa Sede tiene la palabra, que debemos respetar y acatar con el gozo de la Fe.
Pedro J. Tortosa Teruel, Presbítero Casado

Así también lo ha aceptado, querido y aplicado la Iglesia Católica Romana.

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